Inversión · España
Tu próxima inversión.
Una visión completa.
Un piso, un local, una empresa o un proyecto que conecta varias decisiones. Acompañamos tu inversión en España con una revisión jurídica y fiscal desde el principio.
Hablemos de tu inversiónPara quienes invierten desde España y desde el extranjero.
Tu punto de partida
¿Qué tienes en mente?
Empieza por tu operación. Conectamos las áreas que necesita.
Comprar un inmueble
Explora nuestra selección de viviendas en Madrid. Si buscas otra zona o tipo de inmueble, cuéntanos tu proyecto.
Ver nuestros inmueblesComprar una empresa
¿Ya estás valorando un negocio o una participación? Cuéntanos la operación y qué necesitas revisar.
Consultar mi operaciónUn proyecto más amplio
Compra, actividad y traslado a España. Cuéntanos cómo encajan en tu proyecto para coordinar los siguientes pasos.
Cuéntanos tu proyectoInversión inmobiliaria
El anuncio es el comienzo.
La revisión, el siguiente paso.
Comprar un piso para vivir, un inmueble para alquilar o un local para tu actividad requiere mirar más allá del precio. Ordenamos las preguntas que afectan a tu compra y al uso que quieres darle.
El inmueble y quien lo vende
Titularidad, cargas, documentación registral y facultades para transmitir. Contrastamos también la información disponible sobre ocupación, arrendamientos y comunidad.
Lo que vas a firmar
Reserva, arras, condiciones de financiación, plazos y consecuencias del incumplimiento. Revisa el compromiso antes de entregar una cantidad.
El coste completo
Precio, impuestos aplicables y gastos de formalización. La ubicación, el tipo de entrega y tu situación determinan qué hay que calcular.
El uso después de comprar
Vivienda propia, alquiler, reforma o actividad. Identificamos las comprobaciones urbanísticas, técnicas y de licencias que correspondan y quién debe realizarlas.
La nota simple del Registro de la Propiedad ayuda a conocer los derechos y limitaciones inscritos. Es un punto de partida para la revisión, junto con el resto de documentación de la operación.
Compra de empresas y participaciones
Conoce el negocio.
Entiende la operación.
La negociación cambia según quieras entrar como socio, comprar una sociedad o adquirir determinados activos. Empezamos por aclarar ese perímetro y las condiciones que necesitas para decidir.
Revisar mi operaciónQué entra en la compra
Participaciones, activos, contratos, marca, existencias y equipo. Un listado claro de lo incluido y lo que queda fuera.
Qué merece una revisión previa
Documentación societaria, cuentas, deuda, obligaciones fiscales y laborales, contratos relevantes, licencias y posibles litigios.
Cómo se protege el acuerdo
Precio y ajustes, declaraciones del vendedor, garantías, condiciones de cierre y, si hay otros socios, reglas de gobierno y salida.
Qué ocurre el día después
Responsables, poderes, obligaciones pendientes y continuidad de la actividad. Coordinamos el calendario jurídico y fiscal de la transición.
La información del Registro Mercantil permite consultar datos societarios y cuentas depositadas. La revisión previa, o due diligence, se completa con la documentación específica del negocio.
Cuando las decisiones se conectan
Tu inversión puede ser parte de un plan mayor.
Una empresa que necesita un local. Un proyecto familiar con patrimonio en dos países. Una inversión que coincide con un cambio de residencia. Ponemos en común el objetivo, los participantes y los tiempos para revisar la estructura jurídica y fiscal.
Antes de crear una sociedad o comprar a título personal, conviene comparar las obligaciones, los costes de mantenimiento y el uso previsto. La guía de ICEX Invest in Spain recoge distintas formas de establecerse y adquirir negocios en España.
Ordenar mi proyectoAsí trabajamos contigo
De la idea a una decisión documentada.
Entendemos tu operación
Objetivo, fase de la negociación, participantes y fechas. Si ya existe una oferta o un borrador, empezamos por ahí.
Acordamos el alcance
Definimos qué revisaremos, qué especialistas necesita el asunto y los honorarios antes de comenzar.
Ordenamos la revisión
Documentación pendiente, puntos de atención y decisiones por resolver. Tú sabes qué falta para avanzar.
Coordinamos el siguiente paso
Negociación, preparación de firma y obligaciones posteriores, según el trabajo que hayas contratado.
Para empezar
No necesitas tenerlo todo resuelto.
Cuéntanos qué quieres comprar, dónde está y en qué momento te encuentras. Si aún comparas opciones, podemos empezar por las preguntas que cambian tu decisión.
- Tipo de inmueble, negocio o participación.
- Ciudad o zona y uso previsto.
- Compra individual, con socios o mediante una sociedad.
- Oferta, reserva o fecha de firma, si existen.
Antes de invertir en España
¿Qué impuestos hay que calcular al comprar una vivienda?
La fiscalidad depende, entre otros factores, del territorio y de si se trata de una primera o posterior entrega. La AEAT explica cuándo la compra de una vivienda tributa por IVA o ITP. También deben revisarse AJD, cuando proceda, y el resto de gastos. No hay un porcentaje único de coste total para todas las compras. Consulta el criterio de la Agencia Tributaria sobre IVA e ITP.
¿Puedo preparar la inversión si vivo fuera de España?
Sí, podemos organizar la revisión y la documentación desde el inicio. Hay que concretar la identificación fiscal, la representación para cada actuación y las obligaciones de la operación. Si eres no residente, también revisaremos la fiscalidad posterior: algunos inmuebles de uso propio pueden generar renta imputada. Consulta la información oficial sobre tributación de no residentes y rentas inmobiliarias imputadas.
¿Toda inversión extranjera necesita autorización previa?
No. Deben distinguirse las declaraciones al Registro de Inversiones de la autorización previa exigible en determinadas operaciones. El tipo de inversión, el sector, las características del inversor y las exenciones pueden cambiar el análisis. Lo comprobamos antes de fijar un cierre. Consulta el marco del Ministerio de Economía y el Real Decreto 571/2023, sobre inversiones exteriores.
¿Comprar un inmueble o una empresa me da residencia en España?
La compra, por sí sola, no concede residencia. Los artículos 63 a 67 de la Ley 14/2013 relativos a inversores quedaron sin contenido con efectos de 3 de abril de 2025. Existen reglas transitorias para solicitudes anteriores y autorizaciones vigentes, que deben revisarse individualmente. Si también quieres trasladarte, valoramos por separado tu vía migratoria. Consulta la Ley 14/2013 y sus disposiciones transitorias.
¿En qué consiste el acompañamiento de MEDLA?
En revisar y coordinar los aspectos jurídicos y fiscales que acordemos: documentación, estructura de la operación, contratos y próximos pasos. Antes de contratar concretamos alcance, profesionales y honorarios. Las tasaciones, inspecciones técnicas u otras intervenciones especializadas se identifican y presupuestan por separado cuando sean necesarias.
El siguiente paso
Hablemos de lo que quieres construir.
Una primera conversación para situar tu proyecto y concretar cómo podemos ayudarte.
