Servicios a empresas de la UE: datos del cliente que debes comprobar
Antes de facturar a una empresa de otro Estado miembro, confirma que los datos fiscales identifican a quien recibe el servicio.

La condición del cliente importa
La regla general del artículo 69 de la Ley del IVA atiende, en servicios entre empresarios, al destinatario y su establecimiento, sin perjuicio de reglas especiales. Por ello debes identificar el servicio y no aplicar una solución automática a cualquier operación europea.
Solicita denominación, domicilio, número de IVA y país. Contrasta la información mediante los canales oficiales disponibles y conserva el resultado con su fecha. Una comprobación negativa exige aclaración; no significa por sí sola que debas inventar otro número o cambiar el destinatario de la factura.
Revisa también tu situación censal
El artículo 9 del Reglamento de gestión tributaria contempla la inclusión en el registro de operadores intracomunitarios. Antes de iniciar estas operaciones, comprueba con el asesor el registro y las declaraciones que proceden para tu actividad.
Distingue venta de bienes y prestación de servicios. El hecho de que ambas se realicen con la misma empresa no las convierte en operaciones iguales. Guarda además contratos, aceptación del trabajo y cualquier documento que identifique el establecimiento al que se presta.
No te quedes solo con la factura
Un ejemplo: el contrato corresponde a una matriz extranjera, pero las instrucciones describen un servicio relacionado con un inmueble español. Esa diferencia requiere revisar la regla especial aplicable, no corregir únicamente la dirección postal.
Prepara una ficha por cliente y actualízala cuando cambie la entidad contratante. La revisión previa permite que contrato, factura y declaración informativa utilicen una identificación coherente. Conservar la prueba de la comprobación ayuda a explicar qué información tenías cuando emitiste el documento.
Fuentes oficiales
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