Mascotas tras un divorcio: cómo organizar cuidados, gastos y acuerdos

Qué acordar sobre tu mascota al divorciarte: cuidados, veterinario, gastos y cambios del convenio. Guía práctica con referencias del Código Civil.

Dos hogares unidos por una línea dorada alrededor de una huella, como símbolo del cuidado de una mascota.

Esta guía aborda la separación o el divorcio de un matrimonio bajo las reglas del Código Civil español. Si no estáis casados o puede resultar aplicable un derecho civil autonómico o extranjero, hace falta revisar el encaje concreto. La Ley 17/2021 preserva los derechos civiles forales o especiales; no conviene trasladar automáticamente una solución a cualquier ruptura.

La titularidad no decide por sí sola el cuidado

Que el animal figure a nombre de uno de los cónyuges no resuelve por sí solo quién se ocupará de él tras el divorcio. El artículo 94 bis del Código Civil permite confiar su cuidado a uno o a ambos, valorando el interés familiar y el bienestar del animal con independencia de su titularidad. También contempla la compañía del otro cónyuge y el reparto de los gastos.

De ahí no se desprende una convivencia obligatoria por mitades, ni que quien participe en el cuidado se convierta automáticamente en copropietario. Antes de discutir porcentajes, conviene describir qué rutina puede sostener cada persona y qué necesidades tiene el animal.

Cinco decisiones que conviene dejar por escrito

Si existen animales de compañía, el convenio regulador debe abordar su destino, los tiempos de convivencia y cuidado cuando sean necesarios y las cargas correspondientes. Así lo recoge el artículo 90.1.b bis. Para preparar esa parte del acuerdo, esta lista propone cuestiones prácticas; no es un formulario obligatorio ni un modelo válido para todos los casos.

  • Rutina de cuidado. Dónde estará el animal, quién se encargará de alimentación, paseos y medicación, y cómo se cubrirán ausencias. Si necesita atención especial, reunid la información veterinaria.
  • Entregas y desplazamientos. Si habrá periodos con ambos, concretad lugar, horarios, transporte y qué ocurre ante un retraso. No deis por supuesto que alternar viviendas será la mejor opción.
  • Gastos habituales. Enumerad qué incluye la aportación: comida, revisiones, medicación u otros conceptos realmente previstos. Indicad cómo se justificarán y cuándo se abonarán.
  • Decisiones veterinarias. Acordad cómo comunicar una incidencia, qué gastos requieren consulta previa y cómo avisar ante una atención urgente. Evitad que un desacuerdo económico deje sin organizar el cuidado.
  • Cambios y comunicación. Preved un canal para compartir información y revisar dificultades. Un traslado, un cambio de horario o una necesidad médica merece valorarse, sin dar por hecho que modifica por sí solo las medidas vigentes.

Si estáis ordenando también las demás decisiones de la ruptura, puedes consultar nuestra guía sobre qué debe resolver un convenio de divorcio de mutuo acuerdo.

Repartir los gastos exige algo más que un porcentaje

Ejemplo ficticio. Dos cónyuges preparan una propuesta que distribuye un presupuesto mensual de 120 € en una proporción de 60 % y 40 %. Las aportaciones serían 72 € y 48 €. Si además acuerdan aplicar esa misma proporción a una factura veterinaria de 240 €, corresponderían 144 € y 96 €.

Ese mes, el total previsto sería 360 €: 216 € para una persona y 144 € para la otra. Son cifras inventadas para mostrar el cálculo, no una tarifa ni un reparto exigido por la ley. La propuesta todavía tendría que explicar quién adelanta el pago, qué justificante comparte y cómo se liquida la diferencia. Un porcentaje aislado deja esas preguntas abiertas.

El acuerdo también debe proteger al animal

El consenso de los cónyuges no elimina el control sobre el bienestar animal. Si lo pactado resulta gravemente perjudicial para ese bienestar, el juez puede ordenar medidas sobre los animales sin invalidar necesariamente el resto del convenio. Cuando el acuerdo se formaliza ante notario o letrado de la Administración de Justicia y se aprecia ese perjuicio grave, el expediente termina y la aprobación de la propuesta debe solicitarse al juez. Artículo 90.2.

Si falta acuerdo durante el procedimiento, existen medidas provisionales: una vez admitida la demanda, a falta de acuerdo aprobado judicialmente y con audiencia de los cónyuges, el juez puede concretar el cuidado y la compañía de los animales. No es una autorización para que una parte imponga su propio calendario. Artículo 103.1.ª bis.

Si la situación cambia, revisa cómo modificar lo aprobado

El Código Civil contempla modificar el convenio o pedir cambios en las medidas sobre los animales cuando sus circunstancias se alteran gravemente. El cauce depende también de cómo se formalizó el acuerdo inicial. Por eso, antes de cambiar de forma unilateral una medida vigente, conviene revisar el documento y preparar la modificación que corresponda. Artículo 90.3.

Qué preparar para una consulta

Reúne la documentación de identificación del animal, el convenio o resolución si ya existe, los gastos recientes y una propuesta de rutina. Añade la información veterinaria relevante y señala qué puntos están acordados y cuáles siguen pendientes. Esa preparación permite centrar la conversación en decisiones concretas.

En el área de Civil y familia podemos revisar cómo encaja esta parte en tu separación o divorcio. Agenda una consulta civil para valorar los documentos y los siguientes pasos.

Fuentes oficiales consultadas el 7 de noviembre de 2026.

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