Herencias entre países: residencia, nacionalidad e impuestos son preguntas distintas

Si hay familia o bienes en varios países, separa ley sucesoria, autoridad competente e impuestos. Estas son las claves para preparar la revisión.

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Documentos y bolígrafo sobre una mesa

Tener un inmueble en España, otra nacionalidad y familiares en el extranjero no significa que toda la herencia deba resolverse con la ley de un único país elegido por intuición. Antes de repartir bienes, separa qué autoridad puede actuar, qué derecho rige la sucesión y qué impuestos deben revisarse.

La residencia habitual es un punto de partida

Dentro del ámbito del Reglamento europeo de sucesiones, la regla general conecta la ley aplicable con la residencia habitual de la persona fallecida. El reglamento permite elegir la ley de una nacionalidad en las condiciones que establece y contempla excepciones. Reglamento (UE) 650/2012, artículos 20 a 23.

La residencia habitual exige analizar los hechos. No debe identificarse automáticamente con una dirección postal o con el último viaje. Reúne información sobre dónde estaba organizada la vida de la persona y qué vínculos mantenía en los lugares relevantes.

La fecha del fallecimiento también importa: el reglamento se aplica a las sucesiones de personas fallecidas el 17 de agosto de 2015 o después. Para una herencia anterior, debe revisarse el régimen que corresponda. Artículo 83.1.

El pasaporte no decide siempre por sí solo

Si existe testamento, hay que comprobar si contiene una elección de ley y cómo está formulada. Tener una nacionalidad extranjera no demuestra que esa elección se haya realizado. Your Europe explica esta posibilidad y distingue las materias que quedan fuera de las reglas sucesorias europeas. Consultar la explicación oficial de la UE.

También debe revisarse si existen varios testamentos y qué bienes o territorios pretendía cubrir cada uno. No asumas que el documento más reciente elimina cualquier duda sin leer su alcance y las normas aplicables.

Los impuestos requieren un análisis separado

El Reglamento 650/2012 excluye la materia fiscal. Determinar la ley civil de la herencia no resuelve automáticamente qué impuestos se presentan, ante qué administración o con qué beneficios. Artículo 1 del Reglamento.

Organiza un inventario con país, tipo de bien, titularidad y documentación. Añade deudas conocidas y datos de los herederos que resulten necesarios. El equipo podrá concretar qué información fiscal necesita, evitando recopilar documentos indiscriminadamente.

Qué documentos conviene localizar

  • Certificado de defunción y documentación sucesoria disponible.
  • Testamentos, pactos u otros documentos relevantes.
  • Información sobre residencia y nacionalidades.
  • Relación de bienes y deudas por país.
  • Comunicaciones de bancos, autoridades o profesionales que ya intervengan.

Conserva originales y registra qué documentos requieren traducción o autenticación. Antes de encargar trámites en varios países, acuerda qué profesional coordina cada actuación y cómo se evitará pedir dos veces lo mismo.

Si hay bienes fuera de la Unión Europea

El análisis puede necesitar normas de terceros Estados y coordinación con profesionales locales. Las reglas europeas no vinculan por sí solas a todas las autoridades extranjeras. Tampoco este artículo determina los derechos de herederos, legitimarios o acreedores en una situación concreta.

Para preparar una consulta, un mapa claro del patrimonio y de los documentos suele resultar más útil que una estimación rápida de «cuánto heredará cada uno».

Fuentes oficiales

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